lunes, noviembre 21, 2005

Cataluña presenta una nueva legislación que favorece la custodia compartida

Según el Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña, la fiscalía o uno de los progenitores no han de condicionar la decisión del juez respecto a los hijos, y que corresponde a los poderes públicos "superar el esquema clásico de que, en caso de separación o divorcio los niños son para la madre". En su opinión, se trata de favorecer el desarrollo de la mujer tras la ruptura matrimonial "y la mejor manera de hacerlo es implicando más al hombre en la custodia de los hijos, en lugar de que se desentienda". El legislador ha de ser amable y facilitar salidas

la decisión judicial para decidir sobre la custodia de los hijos ha de ser el último recurso al que acudir y que la voluntad de la Generalitat es fomentar la mediación familiar en caso de ruptura.

En 2001, el Parlamento catalán aprobó la Ley de Mediación familiar, que fue pionera en España. Esa ley recogía la creación del Centro de Mediación Familiar de Cataluña, dependiente del Departamento de Justicia y que interviene cuando así lo solicite el juez o la pareja que se quiere separar y que solicita un abogado de oficio. "Siempre es mejor que los interesados se pongan de acuerdo entre ellos a que decida un tercero que es el juez. Los pactos con mediador alcanzados en procesos de separación son muy sólidos porque los conflictos familiares en ocasiones tienen una larga duración".

2 comentarios:

Anónimo dijo...

lo que es triste, es que la medida se tome para integrar a las mujeres en el mundo laboral..y dar por hecho que el padre se desentiende del hijo en caso de separacion...esto es lo penoso..cuando cada dia somos mas padres que queremos, solicitamos, necesitamos....y exigimos una custodia compartida, no estan robando nuestra paternidad..
te lo resumo en dos palabras
"CUSTODIA COMPARTIDA"

antoniojm dijo...

En cuestiones procesales lo que prima siempre es el interés del menor. Cierto es que este principio perjudica a menudo otros intereses personales dignosdel mayor de los respectos. Es una cuestión de prioridades. Hoy por hoy, salvo casos específicos, se considera por todos los profesionales de la psiquiatría infantil que la custodia compartida perjudica al menor, y partiendo de esta premisa, se exluye esta en los convenios reguladores salvo circunstancias excepcionales.
No se trata de robar la paternidad a nadie, sino que el menor se desarrolle en un hogar estable y no se vea sometido a cambios constantes.

Las cosas son asi, al menos por el momento.