viernes, febrero 12, 2010

El 9% de las denuncias por maltrato en Aragón, retiradas

EL 9% DE LAS 820 denuncias que se presentaron en el tercer trimestre de 2009 en Aragón por violencia machista fueron retiradas, según los datos facilitados por el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género. Este porcentaje asciende al 23% en otras comunidades, como Navarra y La Rioja. Y desciende al 6% en Galicia.

martes, febrero 09, 2010

El 80% de las sentencias de violencia de género condena al agresor

El 80% de las sentencias de violencia de género dictadas por las audiencias provinciales y los juzgados especializados en esta materiacondena al agresor y la mayoría de ellas se dicta con la conformidadde los acusados.

El dato lo ha utilizado esta mañana la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género y vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Inmaculada Montalbán, que ha vuelto a insistir en que las mujeres que acusan falsamente a sus parejas o ex parejas son"un porcentaje irrisorio".

"En violencia de género no hay más acusaciones o denuncias falsas que pueda haber en otra clase de delitos", ha sostenido. Así, ha explicado, de las más de 142.000 denuncias que se presentaron en 2008, "menos de 20 podrían ser falsas". Es decir, un 0,01% del total de las denuncias presentadas.

La cifra contrasta con los datos que maneja el juez Francisco Serrano, el polémico magistrado de Sevilla que dijo en EL MUNDO que miles de hombres habían sido "detenidos injustamente por denuncias falsas o infundadas de maltrato". El titular del Juzgado número 7 de Familia de Sevilla –que ha denunciado a Montalbán por injurias y amenazas– ha dicho que "las mujeres del ojo hinchado en la foto existen, pero son el 1%[de las denuncias]".

Serrano acusa al Observatorio de usar datos "sesgados" y utiliza otras cifras de la Fiscalía Superior de Andalucía, que en 2008 incoo casi 10.000 procedimientos. Sobre ellos, se emitieron 1.010 sentencias; 395 condenatorias, 412 absoluciones y 203 condenas de conformidad.Un 90% de las denuncias se archivó o acabó en absolución.

Un caso entre 500

En un desayuno informativo organizado por el Foro de la Nueva Sociedad, Montalbán ha indicado que los datos que utiliza Serrano "no se corresponden con la realidad". Y ha esgrimido el "riguroso" estudio realizado por el CGPJ sobre sentencias dictadas por las audiencias provinciales especializadas que concluye que sólo en un caso de los 530 analizados el tribunal consideró que podría abrirse una investigación por posible denuncia falsa de una mujer contra su compañero sentimental.

Y es que "no podemos confundir" los sobreseimientos, los archivos y las sentencias absolutorias con las denuncias falsas, "en contra de lo que algunos sectores interesados postulan". Los primeros tienen que ver con la retirada de denuncia por parte de la víctima.

"La retirada de la denuncia puede ser por varias razones", ha señalado Montalbán. "Porque la mujer no ha podido desprenderse de la sumisión, por el miedo a perder la custodia de sus hijos o el sustento si depende económicamente del marido. Puede que estécansada del peregrinaje por la policía, Guardia Civil, juzgados, asistentes sociales... más aún si ha tenido que declarar muchas veces sobre su intimidad, en presencia de personas ajenas al proceso".

Según las estadísticas que maneja el Observatorio, 11 de cada 100 mujeres maltratadas se aparta del proceso antes del juicio y no quiere seguir adelante con la denuncia.

"Los porcentajes de renuncias explican en gran parte el número de sobreseimientos, archivos o sentencias absolutorias en nuestros juzgados", ha precisado Montalbán.

Por ejemplo, en los juzgados de lo Penal, que no están especializados, el número de sentencias condenatorias por maltrato en el ámbito familiarbaja hasta el 50%.

Las últimas estadísticas judiciales, adelantadas por la presidenta del Observatorio, apuntan que entre julio y septiembre del año pasado se han realizado 35.270 denuncias, la cifra más alta desde que se tiene registro y que supone 287 denuncias más que en el trimestre anterior.

"No lo vean como un simple número", ha recalcado hoy Montalbán durante el desayuno informativo, "son mujeres con nombres y apellidos, son mujeres a quienes podemos salvar la vida".

Fuente El Mundo

Las mujeres cobrarán la pensión de viudedad si prueban el maltrato

Las mujeres víctimas de violencia de género podrán cobrar la pensión de viudedad, en caso de fallecimiento de su maltratador, si acreditan que estas agresiones se produjeron en el momento del proceso de separación o divorcio.

Según la última reforma de la Ley General de la Seguridad Social, tendrán derecho a la pensión de viudedad las mujeres que, aun no siendo acreedoras de pensión compensatoria, pudieran probar que eran víctimas de violencia de género en el momento de la separación judicial o el divorcio mediante sentencia firme o archivo de la causa por extinción de la responsabilidad penal por fallecimiento.

En caso de que no hubiera sentencia, existe la posibilidad de acreditarlo a través de la orden de protección dictada a su favor o informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género, así como por cualquier otro medio de prueba admitido en derecho, explica la nueva regulación.

Petición del Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo, que defendía esta tesis, ha mostrado su satisfacción por la reforma y ha explicado que el pasado año esta institución había solicitado al Gobierno la necesidad de que se concediera esta pensión de viudedad a las mujeres maltratadas que habían renunciado a la pensión compensatoria.

En 2008, el Defensor inició una investigación ante la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, tras quejarse varias mujeres de que la Ley General de la Seguridad Social, no contemplaba el supuesto de que la separación o divorcio se hubiesen producido como consecuencia de los malos tratos.

Según exponían las afectadas, dejaba en un estado de mayor desprotección a aquellas mujeres que por miedo o coacción -y en muchos casos con el ánimo de proteger a los hijos- renunciaron en su día a la pensión compensatoria y, por tanto, no tenían derecho a percibir la pensión de viudedad tras el fallecimiento de su ex pareja.

Fuente El Mundo