viernes, mayo 23, 2008

Castigar más al varón es válido para proteger a la mujer

El establecimiento de un mayor castigo penal al hombre que maltrata a la mujer en el ámbito de las relaciones de pareja es "razonable", según la sentencia que hizo pública ayer el Tribunal Constitucional y que avala la ley de Violencia de Género. El tribunal entiende que lo que se persigue es "proteger la integridad física, psíquica y moral de las mujeres en un ámbito en el que están insuficientemente protegidas". Y acepta el argumento de que la agresión del varón a la mujer es más grave que otras.La sentencia desestima la consulta planteada por la juez número 4 de Murcia, María Poza, que cuestionó la nueva redacción del artículo 153.1 del Código Penal, en cuanto agrava la conducta para el hombre maltratador pero no para la mujer. La juez interpretó que ese agravamiento penal podría implicar una discriminación por razón de sexo que vulneraría el derecho a la igualdad del artículo 14 de la Constitución. El artículo 153.1 impone una pena de seis meses a un año al hombre maltratador, mientras que si la mujer agrede al hombre la pena es la del 153.2, de tres meses a un año.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pascual Sala, sostiene que la diferencia entre ambas normas se sustenta en la voluntad del legislador de "sancionar más unas agresiones que entiende que son más graves y más reprochables socialmente".

El derecho a la igualdad del artículo 14 de la Constitución exige que el tratamiento diferenciado de dos supuestos de hecho iguales tenga una justificación "objetiva" y "razonable" y no tenga unas consecuencias "desproporcionadas". Siguiendo ese razonamiento, el Tribunal encuentra una primera razón justificativa en "las altísimas cifras en torno a la frecuencia de una grave criminalidad que tiene por víctima a la mujer y por agente a la persona que es o fue su pareja".

Para el Tribunal, las agresiones del varón hacia la mujer "tienen una gravedad mayor que cualesquiera otras", porque corresponden a un "arraigado tipo de violencia" que es "manifestación de la discriminación, de la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres". Y esa mayor gravedad exige "una mayor sanción, que redunde en una mayor protección de las potenciales víctimas".

La sentencia niega que el diferente trato penal obedezca a una discriminación por razón de sexo. "No es el sexo lo que el legislador toma en consideración", prosigue la sentencia, sino el carácter especialmente lesivo de ciertos hechos que manifiestan "una grave y arraigada desigualdad".

Respecto al argumento de la juez Poza, que planteó si no se estaría atribuyendo al varón "una responsabilidad colectiva, como heredero del grupo opresor", el Tribunal entiende que no se sanciona al maltratador por "las agresiones cometidas en el pasado por otros cónyuges varones, sino por el especial desvalor de su propia y personal conducta".

En definitiva, lo que hace el legislador, según la sentencia, es apreciar una gravedad o un reproche peculiar en ciertas agresiones que se producen en el seno de la pareja y que se insertan en parámetros de desigualdad tan arraigados, "que aumentan la inseguridad, la intimidación y el menosprecio que sufre la víctima".

Entre los magistrados que han formulado votos particulares, Vicente Conde considera "intolerable" que puedan establecerse diferencias por razón de sexo, y entiende que en el fondo de la sentencia late "una superada concepción de la mujer como sexo débil".

En la misma línea, el magistrado Jorge Rodríguez-Zapata cree que la sentencia se suma a un Derecho penal "paternalista" que promueve una concepción de la mujer como "sujeto vulnerable" que históricamente le colocaba en la misma posición que la de los menores o incapaces. Para Rodríguez-Zapata, parecen existir dos derechos penales: uno para todos y otro para grupos especiales de determinadas personas.

Los magistrados Javier Delgado Barrio y Ramón Rodríguez Arribas opinan que debió hacerse una sentencia interpretativa que salvase la constitucionalidad del precepto y limitan su desacuerdo al fallo desestimatorio. El voto particular del recientemente fallecido Roberto García-Calvo no llegó a ser notificado al Pleno.

Fuente El País en un artículo de Julio M. Lázaro

320.000 maltratadores 'fichados'

Más de 320.000 personas están fichadas en estos momentos como maltratadores en España, suficientes para llenar cuatro veces el estadio de fútbol Santiago Bernabéu. Son las que aparecen en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, que el Gobierno puso en marcha en 2004. Desde entonces, han entrado 402.901 presuntos agresores -361.749 hombres (el 90%) y 41.145 mujeres (el 10%)-. Y 79.331 lo han abandonado tras ser absueltos o después del archivo definitivo de su procedimiento, según los datos facilitados por el Ministerio de Justicia, encargado del registro.

No todos los que aparecen están condenados. Sólo un tercio de los fichados (120.732) tiene sentencia firme de condena (110.000 hombres y 10.000 mujeres). Hay otros 11.094 casos con resolución condenatoria pero que todavía se puede recurrir.

En el registro se incluye a todos aquellos que han sido denunciados, junto a los datos de las víctimas. Y, en los casos en los que el procedimiento se archiva pero no de forma definitiva -aunque de hecho puede suceder que nunca llegue a abrirse de nuevo-, el presunto agresor permanece en la base de datos.

- Registro de acceso limitado. El registro no es público. Sólo pueden ver esta macrobase de datos jueces, fiscales y policía judicial. Se trata de facilitar que estos agentes conozcan con rapidez si la persona denunciada tiene antecedentes, para que puedan evaluar correctamente su peligrosidad y proteger mejor a la víctima. Aparte de los casos de violencia de género (agresiones del hombre hacia la mujer cuando son pareja o ex pareja), el registro incluye todos los malos tratos dentro de la familia (entre padres e hijos, hermanos...).

- Aumento de denuncias. De los datos se extrae una primera conclusión evidente: el número de denuncias ha aumentado a marchas forzadas. De 58.298 en 2004 se ha pasado a 113.856 en 2007: casi el doble en apenas tres años.

- Condenas estables. Las condenas, sin embargo, permanecen estables. De 2004 a 2005 subieron en 10.000, pero desde entonces se han mantenido en torno a las 30.000, con ligeros descensos en 2006 y 2007. De estas cifras se pueden hacer dos distintas lecturas. La mayoría de las asociaciones de mujeres opinan que no se condena lo suficiente por lo difícil que es obtener pruebas para un delito que se comete en la intimidad y denuncian que los jueces y fiscales no ponen el suficiente celo a la hora de perseguir estas agresiones. Otros sectores sostienen, por el contrario, que hay casos de denuncias falsas que inflan las estadísticas y que por eso hay tantos procedimientos que acaban archivados. En cualquier caso, existen pocos casos de denuncias falsas acreditadas judicialmente.

- Extranjeros y españoles. El número de denunciados extranjeros no deja de aumentar. Son el 27% del total de los fichados, cuando la población que viene de fuera representa aproximadamente el 10% de los residentes en España. Pero los extranjeros no son sólo agresores, sino también víctimas de los malos tratos en una proporción similar.

- Órdenes de protección. Desde que comenzó a operar el registro se han dictado 156.210 órdenes de protección. El número ha ido en aumento cada año: 26.000 en 2004, 38.000 en 2005, 43.000 en 2006 y 45.000 en 2007. Como las denuncias, las órdenes de protección se han casi duplicado en tres años. Son medidas de carácter urgente a través de las cuales el juez puede proteger, en el plazo máximo de 72 horas, civil y penalmente a la víctima. Puede atribuir a la madre, por ejemplo, la custodia de los hijos o atribuirle el domicilio familiar. Normalmente, suelen llevar consigo una orden de alejamiento para impedir al agresor que se acerque al agredido. Las órdenes de alejamiento también se pueden dictar fuera de una orden de protección. Desde 2004 se ha establecido esta medida a 152.138 personas. En 141.000 (el 92,8%) casos se obligaba al hombre a no acercarse y en 10.000 se ha impuesto a una mujer.

- Por comunidades autónomas. La región con más denuncias es Andalucía, con 72.663 fichados por el registro de maltratadores, seguido de Cataluña (70.945), Madrid (55.783) y la Comunidad Valenciana (con 53.651).

Fuente El País en un artículo de Monica C. Belaza