viernes, abril 18, 2008

Jueces, fiscal y psicóloga dejaron indefensa a la asesinada de Alovera

Un juzgado colapsado, falta de medios, funcionarios suplentes que no saben ni lo que es una providencia, una psicóloga judicial con récord de quejas que afirma que no hay malos tratos y que recomienda a la mujer maltratada que "supere su conflictividad de pareja", un juez que no responde a escritos desesperados de la víctima y que cree que no es necesario pedir un informe psiquiátrico de un imputado con intentos de suicidio.

El juez no escuchó a la víctima, a pesar de que se incumplió el alejamiento

El fiscal pidió el archivo de la causa seis meses antes del crimen

Y, finalmente, un fiscal que pide el sobreseimiento de la causa. Ni el juez ni la psicóloga ni el fiscal creyeron a Sylvina Bassani, asesinada a tiros el pasado 10 de abril en Alovera (Guadalajara) junto a su pareja por su ex marido, el sargento Javier Lacasa. Un cúmulo de negligencias, despropósitos, dejadez y problemas estructurales de la administración de justicia desembocaron en el doble crimen machista, según se desprende de un informe elaborado por la Inspección del Consejo General del Poder Judicial.

El juez no consideró necesario escuchar la declaración de Sylvina, como ella pedía, después de varios incumplimientos de la orden de alejamiento. El doble crimen machista se produjo a pesar de que la víctima había encendido todas las alarmas. A pesar de que eran muchas las luces rojas que alertaban de que el asesino era una persona peligrosa. Pero nadie quiso enterarse o investigarlo en profundidad.

El informe de la Inspección propone que se abran diligencias informativas; que se investigue lo ocurrido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 5 de Torrejón de Ardoz (Madrid) -encargado de la violencia machista- por el que pasaron cuatro jueces durante la tramitación del caso de Sylvina. En cuanto a la actuación de la psicóloga y del fiscal, deben ser la Consejería madrileña de Justicia (para quien trabaja la psicóloga) y la Fiscalía quienes inicien las investigaciones sobre la parte que les toca.

La primera denuncia de la víctima es de 29 de abril de 2005, pero ella se retractó de su declaración y se archivó el caso. El 1 de septiembre de 2006 volvió a pedir ayuda. Esta vez, al día siguiente, el Juzgado de Instrucción número 1 de Torrejón -de guardia- dictó una orden de protección con orden de alejamiento hacia ella y hacia el hijo de ambos, y la obligación de entregar las armas de que dispusiera el imputado, sargento del Ejército. Se prohibieron las visitas entre padre e hijo.

Javier Lacasa, según consta en el atestado de la Guardia Civil, que realizó el 2 de septiembre una inspección ocular de su coche, había intentado suicidarse por asfixia, conectando el tubo de escape al interior de su vehículo. Y, estando en dependencias policiales, dijo que lo iba a volver a intentar y se apretó el cuello con las manos. Estos eran los antecedentes de quien después fue descrito como una persona normal por una psicóloga del juzgado. En el procedimiento penal no se le hizo ningún peritaje psiquiátrico a pesar de que fue solicitado por la víctima. Sólo consta un informe psicosocial emitido por un trabajador social y por una psicóloga con récord de quejas en su colegio profesional.

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5, encargado de la Violencia sobre la Mujer, abrió unas diligencias previas el 4 de septiembre de 2006. Ese órgano llevaba también el procedimiento de divorcio. A partir de ese momento, los escritos de los abogados de Sylvina Bassani fueron constantes, muchos de ellos informando de la vulneración de la orden de alejamiento. El 25 de septiembre ya se comunican al juzgado unas primeras llamadas telefónicas de Lacasa.

En noviembre de 2006 declararon dos testigos señalando que Sylvina les había llamado en una ocasión muerta de miedo porque Lacasa había enfurecido debido a que ella debía viajar a Boston a un congreso -la víctima era doctora en microbiología-. Cuando fueron a su domicilio vieron una cómoda rota y decidieron acogerla en su casa. Ante la psicóloga que determinó que él era una persona normal y no un maltratador, Lacasa reconoció que ese día, por el viaje, había enfurecido y tirado al suelo una televisión.

El informe de la Inspección acredita que los abogados presentaron en la causa penal 28 escritos. Los jueces los fueron contestando -en algunos casos dos o tres meses después y no siempre respondiendo a todas las peticiones- hasta el 2 de agosto de 2007. Desde entonces y hasta el 8 de abril de 2008 (ocho meses), silencio absoluto: el juzgado no vuelve a responder a ningún requerimiento del abogado. En total se presentaron ocho escritos durante este periodo, que han aparecido grapados al procedimiento y que no fueron estudiados por el juez.

Una de las cuestiones que los abogados pidieron en reiteradas ocasiones fue que se celebrara la comparecencia del artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la que se celebra para pedir el ingreso en prisión del imputado. El letrado la pedía ante la vulneración continuada de la orden de alejamiento. Algunas de estas peticiones ni siquiera fueron respondidas por el juez. Tampoco se contestó a la petición de que se solicitara al Ministerio de Defensa que impidiera al agresor acceder a las armas.

El fiscal pidió el sobreseimiento del caso en noviembre de 2007 sin dar crédito a las acusaciones de la víctima. Tampoco creyó necesario pedir más pruebas. Pero esta petición de archivo no fue notificada a la víctima: a día de hoy, el abogado de Sylvina no tiene constancia de ella.

Fuente El País

jueves, abril 17, 2008

La Fiscalía dice ahora que tener pareja aumenta el riesgo de violencia doméstica

El fiscal superior del Tribunal de Justicia de Castilla-La Mancha, José Martínez, ha aclarado que, en sus polémicas declaraciones de este miércoles sobre el doble crimen de Alovera, "en ningún momento (...) ha tenido la intención de transmitir la idea de que las víctimas de violencia de género estén más protegidas por el hecho de encontrar una pareja".

"Al contrario. El Fiscal Superior de Castilla-La Mancha es consciente de que esta situación incrementa el riesgo, como se ha comprobado en el caso ocurrido en Alovera (Guadalajara)", ha precisado Martínez en un comunicado remitido esta tarde a los medios.

El fiscal asegura que sus declaraciones, en las que dijo que la mujer asesinada el pasado jueves por su ex marido, un militar anteriormente denunciado por malos tratos, tenía "un grado de protección importante", pues vivía con otro militar, "no han sido interpretadas de forma correcta".

En una rueda de prensa en Guadalajara, el fiscal superior opinó que, "si bien la víctima no estaba suficientemente protegida, porque si lo hubiera estado estaría viva", sí tenía un grado de protección importante, "la que le brindaba como mínimo la presencia de su compañero sentimental, que era también un militar de graduación, de más graduación que su agresor".

En su comunicado posterior, Martínez precisa que "en ningún momento el Fiscal Superior de Castilla-La Mancha ha tenido la intención de transmitir la idea de que las víctimas de violencia de género estén más protegidas por el hecho de encontrar una pareja" y que, "de cualquier forma y en todo caso, la responsabilidad de la protección de las víctimas es del Estado, a través de los órganos judiciales y fiscales".

Insiste también en que, "ante un agresor dispuesto a quitarse la vida, las medidas de protección que pueda establecer el Derecho tienen una efectividad limitada y que la única medida que habría podido evitar el luctuoso suceso en Alovera es que, con carácter previo, se hubiera decretado la prisión provisional, que es una medida excepcional que sólo se adopta en casos extremos".

La presidenta de la asociación regional de apoyo a las mujeres maltratadas María Zambrano, Fe Saiz, ha declarado que decir que la víctima de Alovera tenía "un grado de protección importante" por vivir con un militar denota "ignorancia", ya que éste fue también abatido.

Respecto a la reflexión realizada por Martínez de aumentar las posibilidades de decretar prisión preventiva, Saiz cree que en este caso "sí hubiera sido aconsejable" porque se habían producido denuncias reiteradas, pero ha precisado que "habría que estudiar cada caso y no medir todo por el mismo rasero".

Fuente El Mundo

Bibiana Aído pone en manos de un hombre la lucha contra la violencia machista

Bibiana Aído se estrena como ministra de Igualdad rompiendo un molde: la Delegación del Gobierno contra la Violencia Machista será cosa de un hombre, Miguel Lorente Acosta.

Este médico forense de 45 años, referente científico para los colectivos feministas y para toda la política anti violencia de género que se ha hecho en España en los últimos años, abraza el cargo con un puñado de mensajes. "Vamos a actuar sobre los hombres. Hay que remover los valores que llevan a la conducta violenta. El hombre usa las referencias culturales que tiene para ejercer su dominio".

A partir de este viernes, cuando el Consejo de Ministros apruebe su nombramiento en sustitución de Encarnación Orozco, Lorente dejará de ser el director general de Asistencia Jurídica a las Víctimas de la Junta de Andalucía y trasladará su casa a Madrid, la ciudad donde el pasado lunes conoció en persona a la ministra de Igualdad.

Lorente fue invitado por algunas asociaciones feministas al acto de toma de posesión de Bibiana Aído y la saludó brevemente en persona.

Dos días después, este miércoles, la ministra le telefoneó, ambos mantuvieron una larga conversación sobre la "compleja" violencia de género y al finalizar la charla, Bibiana Aído le ofreció ser delegado del Gobierno. "Le dije que sí inmediatamente".

Autor de libros como 'Mi marido me pega lo normal', 'Agresión a la mujer: Maltrato, violación y acoso' o 'El rompecabezas, anatomía de un maltratador', este profesor asociado de Medicina Legal en la Universidad de Granada cree que el hecho de que un hombre sea nombrado responsable de la lucha contra la violencia machista es un "acto simbólico fundamental".

"Detrás de la violencia de género hay formas míticas y prejuicios que ocultan la idea de la superioridad, el 'lo mío vale más que lo tuyo'. El hombre impone así su modelo y si no lo consigue o no lo cree conseguido recurre a la violencia. La violencia aparece así camuflada de normalidad, por lo que actuar frente a ella con un hecho simbólico resulta fundamental. Muchas veces se piensa que la violencia machista es cosa de mujeres, que sólo le importa a las feministas. Nombrar a un hombre es implicar a los hombres en esta lucha. Es un acto simbólico pleno".

'Muchas veces se piensa que la violencia machista es cosa de mujeres. Nombrar a un hombre es implicar a los hombres en esta lucha', dice Lorente


Para Lorente, las cifras del asesinato y la agresión machistas son un dato para trabajar en la "individualización" de los casos. "A las mujeres les diremos que sigan denunciando, porque el riesgo no está en la denuncia sino en la ruptura. Por eso intentaré darle al Observatorio contra la Violencia de Género un carácter más científico, que individualice los casos para que sepamos diferenciar bien las formas de violencia. No hay dos asesinatos iguales, no hay dos denuncias iguales".

Entre sus objetivos, ronda la palabra prevención. "La fase anterior de la Delegación fue un inicio, un arranque. Había mucho por hacer y se hizo, pero aún hay que hacer más. Hay que abordar la prevención en dos campos. La terciaria, que abarca los casos identificados, y sobre la que se hacen las valoraciones del riesgo. Y la primaria, una sensibilización crítica contra los valores que llevan a los hombres a recurrir a la violencia".

Fuente El Mundo

miércoles, abril 16, 2008

180 cuestiones sobre violencia de género esperan al Constitucional

Más de 180 cuestiones contra la Ley de Violencia de Género están paralizados a la espera de la decisión del Constitucional. El Pleno del Alto Tribunal proseguirá hoy las deliberaciones sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada por una juez de Murcia contra la ley Integral de Violencia de Género, en cuanto impone mayor castigo a los hombres por maltratar a las mujeres.

Los magistrados deliberaron durante toda la jornada de ayer y proseguirán hoy, dado que la sentencia es "muy complicada técnicamente", y tiene muchos "problemas de encaje penal", por lo que hay que redactarla de manera "muy rigurosa y estricta", según fuentes del Tribunal.

El Constitucional estudia la primera de las 127 cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por jueces contra el artículo 153.1 del Código Penal que impone penas de seis meses a un año al que maltrate sin lesionar a su esposa o la mujer que haya estado ligada a él por análoga relación de afectividad. Los jueces han presentado otras 56 cuestiones contra el 171.4 (amenazas leves) y tres contra el 172.2 (coacciones leves). De estas 127 cuestiones, 40 han sido presentadas por el juzgado penal 2 de Albacete.
En la actualidad, hay un total de 835 órganos judiciales especializados en Violencia contra la Mujer, que han dictado un total de 91.005 sentencias desde julio de 2005, según los datos del Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo del Poder Judicial que preside la vocal Montserrat Comas.
Fuente El País

martes, abril 15, 2008

El Constitucional se inclina por avalar la ley integral de Violencia de Género

El Pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto votar hoy la primera de las cuestiones de inconstitucionalidad sobre la redacción que la ley integral de Violencia de Género dio al artículo 153.1 del Código Penal, que marcaría la doctrina a seguir en las alrededor de 180 consultas de este tipo elevadas al alto tribunal por magistrados y jueces de toda España. En dichas cuestiones se pide al Constitucional que se pronuncie sobre el agravamiento penal para los hombres establecido en la Ley Integral contra la Violencia de Género, aunque el trasfondo de la resolución no es otro que la mayor sanción penal de la violencia machista.

Según fuentes del Constitucional, el Tribunal se inclina mayoritariamente por la constitucionalidad de la ley, aunque habrá que esperar al pleno de hoy para ver si finalmente se adopta una resolución, ya que es la segunda vez que se delibera la cuestión y en la ocasión anterior se encomendó al ponente, Pascual Sala, la reelaboración de la ponencia.

Frente a la posibilidad de hacer una sentencia interpretativa, el Tribunal se inclina por desestimar la cuestión por entender que el acento debe ponerse en el mayor desvalor que supone la conducta del hombre que maltrata a su pareja. El distinto tratamiento penal se justificaría no en una discriminación positiva porque la mujer sea especialmente vulnerable, sino porque el desvalor de la conducta del maltratador es más reprobable y además es más frecuente.

El Tribunal tiene pendiente de resolver alrededor de 180 cuestiones de inconstitucionalidad contra los artículos 171.4, 153.1, 172.2 y 57. 2 del Código Penal, en la redacción dada a estos artículos por la ley integral de Violencia de Género. La que se ve hoy, en concreto, es la primera de las interpuestas, por una juez de lo penal de Murcia. También tiene que pronunciarse sobre las medidas previstas en el artículo 57.2 y relativas a la prohibición de residencia, medidas de alejamiento, prohibición de comunicarse con la víctima y posibilidad de control electrónico introducidas con anterioridad a la ley de Violencia de Género socialista por el ministro del PP José María Michavila.

El artículo 153.1 del Código Penal castiga al que cause "menoscabo psíquico", o una "lesión no definida como delito" o "golpee o maltrate de obra sin causar lesión", y la ofendida sea o haya sido esposa o mujer que esté o haya estado ligada al maltratador por relación de afectividad aun sin convivencia, o una persona especialmente vulnerable que conviva con él. Las penas a imponer son de prisión de seis meses a un año o trabajos en beneficios de la comunidad de 31 a 80 días y, en todo caso, privación de portar armas de uno a tres años, y cuando el juez lo estime adecuado, la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, guarda, etcétera hasta cinco años.

Esas mismas penas se imponen por "amenazas leves" (artículo 171.4) y a quien "de modo leve coaccione" (artículo 172.2) a la esposa, o a la mujer con quien haya convivido el autor de las amenazas o coacciones.

La primera cuestión de inconstitucionalidad sobre la que está previsto debatir hoy fue presentada por la juez de Murcia María Poza en el verano de 2005. En síntesis, la consulta de esta magistrada pedía al Tribunal que se pronunciase sobre si el mayor castigo al hombre que a la mujer que maltrata a su pareja viola el principio constitucional de igualdad ante la ley.

La decisión del Constitucional tiene paralizados numerosos procedimientos y la totalidad de los que están pendientes desde que se produjo la reforma de la ley orgánica del Tribunal Constitucional de mayo de 2007, puesto que ésta así lo establece. En las cuestiones presentadas con anterioridad algunos jueces han seguido adelante con los procesos para evitar males mayores. Precisamente la paralización de todos estos procesos quema los dedos a los magistrados del Tribunal, que temen que pueda ocurrir una desgracia a alguna de las víctimas a las que afectan los procedimientos suspendidos.

Fuente El País