martes, enero 20, 2015

Una juez ordena devolver a la hija de una víctima de violencia de género con su abuela materna

Un juzgado ha ordenado devolver con la abuela materna a una menor hija de una mujer asesinada en Orihuela (Alicante) en un caso de violencia de género registrado el pasado año. La niña, de 3 años, residía con su tía paterna, hermana del presunto asesino, después de que la Generalitat, que tiene la tutela, la entregase en acogida en detrimento de la familia de la víctima. 

El auto del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Alicante, deja provisionalmente sin efecto la resolución administrativa de la Dirección Territorial de la Conselleria de Bienestar Social del 27 de noviembre de 2014, que establecía el cese del acogimiento por parte de la abuela, y decreta que sea reintegrada a ésta "de manera inmediata", medida que ya ha sido ejecutada, según fuentes próximas al caso. 

La Generalitat declaró de urgencia el desamparo de la menor el 12 de agosto del pasado año, ocho días después de que Yolanda Aniorte, de 39 años, fuera hallada muerta en un piso del barrio oriolano de Capuchinos. El cadáver presentaba fuertes golpes en la cabezacausados con una especie de maza y el presunto asesino, su compañero sentimental, se había dado a la fuga. El sospechoso, identificado como Juan Antonio M.M., de 37 años, fuedetenido en Murcia al día siguiente, 5 de agosto, por agentes del Cuerpo Nacional de Policía. 

La pareja tenía una hija pequeña -la menor ahora tutelada- que se encontraba en casa de un familiar en el momento del crimen, mientras que la víctima tenía otro hijo fruto de una relación anterior. Tras la declaración de desamparo, la Conselleria entregó a la hija de la fallecida a su abuela en régimen de acogimiento familiar mientras analizaba quién era la persona más idónea para hacerse cargo de la niña. 

El pasado 27 de noviembre, la Dirección Territorial de Bienestar Social cesó el acogimiento con la familia materna y entregó a la menor con la hermana del presunto homicida, quien se encuentra en prisión preventiva en la actualidad. Esa decisión se basó en un informe emitido por los servicios sociales del Ayuntamiento de Orihuela, que establecía la idoneidad de la tía paterna para encargarse de la pequeña en detrimento de su abuela materna. 

Sin embargo, la responsable del juzgado de Primera Instancia 8 de Alicante, María Luisa Carrascosa, discrepa de las conclusiones de ese informe y ha suspendido cautelarmente la resolución administrativa. 

En su auto, dictado el pasado 23 de diciembre tras la celebración de una vista, la juez afirma no entender por qué el informe "es mucho más amplio respecto" de la abuela y "demasiado somero" en cuanto a la tía, algo que se plasma en el número de entrevistas y visitas domiciliarias recibidas por una y otra por parte de los técnicos. 

Recuerda la magistrada que no hay objeción alguna en cuanto a los medios y la vivienda con que cuentan ambas para atender a la menor, pero tampoco se ha acreditado hechos esgrimidos para cesar el acogimiento con la abuela como que otros miembros de su familia pernoctasen en su domicilio. 

Además, esta última tiene "un empleo estable", es "receptiva al apoyo y orientación de los servicios sociales" y tiene en acogimiento otra nieta de 15 años en la actualidad "sin que se haya puesto objeción alguna por parte de la Administración", por lo que "no se acierta a entender el motivo por el que pueda considerarse idónea en este momento para un acogimiento pero no para el otro", continúa en el auto. 

De igual modo, añade la juez, "no existe motivo alguno para separar" a la pequeña tutelada de su hermano de 10 años, que pasa mucho tiempo en casa de su abuela materna "y tiene un buen rendimiento escolar y personal a tenor de la declaración testifical de su tutor". 

La magistrada también califica de "sorprendente" que la Conselleria recabase del padre su "consentimiento para el acogimiento familiar con los tíos paternos" cuando se encuentra en prisión preventiva como presunto autor del asesinato y se halla "incurso en causa de privación de la patria potestad". 

En definitiva, el auto establece que la resolución administrativa del 27 de noviembre de 2014 no aporta "ninguna motivación", es "una copia literal" de la que se dictó el 12 de agosto anterior y la Generalitat "no ha valorado correctamente las cualidades" de la abuela materna, por lo que dictamina que la niña sea devuelta a su abuela hasta que se realice una nueva "valoración adecuada de ambas familias por parte de los servicios sociales". 

Fuente El Mundo