jueves, abril 19, 2007

Archivada en Valladolid una denuncia por considerar "sorprendente" que una licenciada soporte malos tratos

La elevada formación de una mujer es incompatible con la posibilidad de que ésta soporte durante años malos tratos psicológicos por parte de su pareja y no denuncie tal situación vejatoria.
Así lo considera el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Valladolid, cuyo titular usa este argumento como fundamentación jurídica a la hora de archivar la denuncia que una vallisoletana presentó contra su marido. Se trata del mismo magistrado que dejó en la calle a la víctima de otro caso de violencia doméstica.

El auto judicial, que ha generado una honda indignación en la Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales y Malos Tratos de Valladolid (Adavasymt), da carpetazo a la denuncia que V.C., profesora de instituto, presentó el 2 de marzo contra su marido, L.D, profesor universitario a quien acusó de someterla a continuo maltrato psíquico a lo largo de los 16 años de matrimonio. El juez, en su resolución relativa a las diligencias previas del procedimiento 140/2007, decretó el sobreseimiento provisional de las actuaciones al no aparecer debidamente justificada la perpetración del delito y, como base justificativa de su decisión, califica de "sorprendente que una persona con alto nivel de formación y capacidad soporte durante los años que ella señala esos supuestos desprecios, humillaciones..., en definitiva, malos tratos psicológicos, sin poner remedio a esa situación o, en todo caso, sin acudir a un profesional (psiquiatra, psicólogo) o sin pedir algún tipo de ayuda externa (asociaciones...etc)".
A su vez, el juez advierte de que "es a raíz de la ruptura conyugal cuando, curiosamente, se formula la denuncia". En definitiva, concluye el auto, "no se aprecian indicios del delito denunciado ni de ningún otro y de ahí que proceda el sobreseimiento".
La presidenta de Adavasymt, Rocío Mielgo, califica, "indignada", la decisión de este juez como "una perla más" de una larga lista y denuncia que su colectivo había puesto muchas esperanzas en este nuevo juzgado, específico en materia de violencia de género y en funcionamiento desde enero pero que ha defraudado todas las expectativas.

"Esperábamos que con este juzgado se avanzaría en la credibilidad de la víctima, pero la realidad ha demostrado que determinados jueces y fiscales siguen sin entender qué es la violencia de género", se lamenta Mielgo, quien recordó que al autor de esta última resolución que "cualquier mujer puede ser maltratada, con independencia de que tenga una mayor o menor formación".
Este juez es el mismo que en otro auto reciente y no menos polémico impuso a un hombre la orden de alejamiento de su pareja, después de que ésta le denunciara por maltrato físico pero, curiosamente, dejó en la calle a la víctima y su hija de 15 años tras otorgar al denunciado el uso y disfrute del piso de alquiler que compartía la pareja con el argumento de que el contrato estaba a su nombre.
El caso ahora sobreseído hace referencia a la denuncia que V.C. presentó contra su marido, L.D, de quien está en trámites de separación tras, presuntamente, sufrir 16 años de menosprecios, insultos y humillaciones por el hecho de que ella era simplemente una licenciada y él contaba con una formación académica superior y era docente de la universidad. Así, siempre según el contenido de la denuncia, el denunciado no cesaba de recordar a la mujer que su título era "más provechoso y rentable" que el suyo y le advertía de que, por tal motivo, no estaba obligado a compartir con ella sus ingresos. De ahí que, presuntamente, el profesor la sometiera a un férreo control económico, hasta el punto de que llevaba un cálculo pormenorizado de los gastos que ella tenía y de sus facturas telefónicas y le exigía los tickets de compra, a pesar de que el matrimonio se encontraba en régimen de gananciales.

La situación tornó todavía a más rocambolesca cuando, establecido el domicilio familiar, el esposo comenzó a exigir a su propia esposa el pago de una renta por vivir en el piso con la excusa de que parte del dinero utilizado para comprarlo había sido aportada por una tía del denunciado. Desde entonces, la mujer pasó a ser inquilina de su marido. Posteriormente, incluso los padres de ella adquirieron también la condición arrendatarios y se vieron obligados a pagar una renta a su yerno de 60.000 de las antiguas pesetas cuando, por determinadas circunstancias, tuvieron que compartir el piso con la pareja. "¡Si no pagan, no se quedan!", asegura V.C. que le espetó su marido como condición indispensable para dar cobijo a los suegros.
No fue hasta los últimos tres años cuando la convivencia entre ambos se hizo insostenible -ella dejó de celebrar su cumpleaños para no dar explicaciones a los amigos de por qué él nunca estaba presente en las fiestas- y sólo se daban periodos tranquilos cuando la presunta víctima preparaba oposiciones, en los que el denunciado hasta parecía darle apoyo. Sin embargo, cuando ella suspendía se reiniciaba la tortura psicológica en la que se alternaban las humillaciones con periodos en los que su cónyuge no se dignaba a dirigirle la palabra.
Fuente El País

lunes, abril 16, 2007

La Fiscalía considera constitucional imponer penas más duras por ser varón

La Fiscalía considera acorde con la Constitución que las agresiones cometidas en el seno de la pareja se castiguen con mayor dureza cuando el agresor es el hombre y la víctima, la mujer. Ese es el criterio que ha defendido el Ministerio Público en las decenas y decenas de informes que ha remitido al Pleno del Tribunal Constitucional en relación con las al menos 120 cuestiones de inconstitucionalidad que han presentado los juzgados de Violencia Doméstica contra el artículo 37 de la Ley Integral de Violencia contra la Mujer y contra el artículo 153.1 del Código Penal.