sábado, enero 17, 2009

Una orden regulará los puntos de encuentro en Aragón

Una orden del Gobierno de Aragón regulará los Puntos de Encuentro Familiares de la Comunidad, unos espacios públicos gratuitos que facilitan el cumplimiento del régimen de visitas acordado por los tribunales y otras entidades públicas competentes en protección de menores. En estos centros los padres separados o divorciados pueden entregar y recoger a los hijos y organizar visitas supervisadas por personal especializado, para preservar el derecho del menor a relacionarse con ambos.

Actualmente, estos espacios carecen de normativa, pero la orden del Ejecutivo aragonés, que parte de un documento base del Ministerio de Servicios Sociales y Familia publicado el mes pasado, permitirá regular los profesionales que pueden trabajar en ellos así como sus parámetros de calidad, y también detectar municipios en los que la elevada demanda puede hacer necesaria su intervención. Así lo explicó la directora general de Familia, Rosa Pons, durante la firma del convenio por el que el Departamento de Servicios Sociales y Familia aporta 351.000 euros a la Asociación Punto de Encuentro Familiar de Aragón (Apefa) para garantizar la continuidad del servicio durante 2009.

Apefa ofrece desde hace siete años servicios de ayuda psicológica y asistencia jurídica y social y, en el 2008, atendió a 600 familias en la comunidad, un 60% más que el año anterior, al aumentar los juzgados de familia y de violencia sobre la mujer, indicó su presidente, Antonio Peñalver.

Actualmente, en la comunidad aragonesa hay siete Puntos de Encuentro Familiares y tres organizaciones que trabajan en favor de los menores de familias desestructuradas en varias ciudades y municipios.

Fuente El Periódico de Aragón

viernes, enero 16, 2009

El Justicia de Aragón urge a que las mujeres agredidas rompan su silencio y denuncien

Conseguir que el 88% de las mujeres víctimas de violencia machista aún ocultas rompan su silencio y denuncien a sus agresores debe ser una de las prioridades de las autoridades, según se recoge en un estudio presentado por el Justicia de Aragón, Fernando García Vicente.

El informe, titulado 'Modelos de actuación en violencia de género', ha sido elaborado por un equipo de trabajo encabezado por el director del Instituto de Medicina Legal de Aragón, Juan Antonio Cobo, e incluye un amplio trabajo de campo realizado en las prisiones de Zuera y Daroca, en el centro de inserción social 'Las trece rosas' y el Juzgado de Guardia de Zaragoza.

El informe indica que sólo un 12 por ciento de las víctimas de violencia machista son accesibles a la respuesta social y de la Administración de la Justicia, por lo que es necesario "promover actuaciones específicas" para ampliar ese porcentaje y llegar al resto de mujeres maltratadas.

'En silencio por costumbre'

El doctor Cobo, en una conferencia de prensa, ha explicado que cuatro de cada cinco mujeres muertas a manos de su pareja y ocho de cada nueve agredidas "estaban en silencio" por costumbre, cariño, miedo o vergüenza, y en más de la mitad de los casos esta situación se escondía incluso a la familia.

Según las conclusiones del informe, las mujeres que adoptan esta "estrategia" viven en una realidad inventada que se basa en recuerdos del pasado y en expectativas de futuro, es decir, que esperan un cambio de actitud de su agresor.

Para estos casos, se propone una respuesta que tenga en cuenta la realidad de esa víctima, como la denuncia puente, la denuncia innominada o el manual de protección, este último "de referencia" y que pretende ayudar a la mujer a "diagnosticar ese cáncer en el que vive" y que así sea capaz de valorar su propia realidad.

Denuncia puente

La denuncia puente mantendría el mismo procedimiento penal de respuesta, pero da una opción a la víctima para controlar los efectos de su denuncia, como por ejemplo elegir entre una detención de su agresor o una requisitoria o que las decisiones penales y civiles pudieran ser aplicadas inmediatamente o pudiera ser decidida una aplicación retardada.

Este caso implica que se respeta la decisión de la mujer de no querer romper con todo, aunque a su juicio habría que tener muy en cuenta la valoración del riesgo de la víctima y la capacidad de ésta para tomar decisiones, porque en ocasiones están "incapacitadas".

Denuncia innominada

Cobo también ha resaltado la importancia de la denuncia innominada, indicada especialmente en los casos de agresión sexual, sobre todo de pareja, y que aseguraría el anonimato de la víctima hasta que se contara con pruebas válidas y suficientes para la demostración del hecho.

Se evita así que el agresor "salga más fuerte" de un proceso en el que no ha sido declarado culpable por falta de pruebas y se protege a la víctima, ya que de ser así no volvería a denunciar nunca.

Estas medidas no exigen un cambio de legislación, ya que todas ellas están incluidas en el código penal, sino que "son pequeños retoques de procedimiento" que dejan más libertad a la mujer y pueden animar a esas víctimas ocultas a decidir salir de su situación.

Otras de las cuestiones tratadas en el estudio ha sido la respuesta frente al agresor, ya que se ha detectado una respuesta "casi exclusiva" de punición y alejamiento, cuando según los expertos es adecuado, en algunos casos, la reeducación y los tratamientos, porque "el castigo" no evita un desarrollo obsesivo, un deterioro cognoscitivo o una celotipia alcohólica.

Así, se recomienda la introducción obligatoria de una asesoría técnica y especializada en todos los procedimientos por violencia de género que decida las medidas aconsejables dependiendo de las causas de las agresiones.

La aplicación de un modelo global en los casos de agresiones machistas, que además se adapte a las diferencias de cada uno de los casos para que sea más eficaz; la diferenciación de objetivos y métodos teniendo en cuenta los factores de riesgo; y en definitiva trabajar en los caminos que llevan a la agresión y a la muerte son otras de las conclusiones del estudio.

El Justicia de Aragón ha lamentado que aunque se han puesto muchas medidas en marcha para luchar contra esta lacra social "las muertes no han disminuido", por lo que ha insistido en que hay que prestar mucha atención a esta cuestión, sobre todo en la actual situación de crisis económica.

Fuente Heraldo de Aragón

martes, enero 13, 2009

La falta de plazas de trabajo social deja impunes a los maltratadores

Los trabajos en beneficio de la comunidad, que se imponen como condena por delitos leves, no pueden cumplirse en su totalidad porque no hay plazas suficientes para ello, como están denunciando jueces y abogados. El año pasado, a 30 de noviembre, habían llegado a Instituciones Penitenciarias cerca de 35.400 condenas de esta clase contando sólo los delitos de seguridad vial y los de violencia de género, y sólo hay 12.000 plazas para todos los casos. Es cierto que estas plazas pueden ser ocupadas por más de un condenado, incluso simultáneamente, por turnos, pero eso no impide que en buena medida no se estén cumpliendo estas penas.

El año pasado había 12.000 empleos y más de 35.000 condenados

Sirven de ejemplo los casos de violencia de género. El año pasado (con datos hasta noviembre) Instituciones Penitenciarias había recibido 9.086 penas por este delito de las que, hasta esa fecha, se habían cumplido 3.000. Otras 3.000, dicen, se estaban ejecutando entonces y se gestionaban unas 1.100 más. Restaba un 30% que quedaba, como estas últimas, a la espera.

Y por violencia de género se dicta una ínfima parte de estas condenas. El grueso se lo llevan los delitos de seguridad vial, que sumaron 26.300 el año pasado. En Cataluña, con las competencias penitenciarias transferidas, y con un éxito mayor que en el resto de España para poner en marcha estas condenas, a decir de los expertos, reconocen que sólo se cumplen la mitad de ellas, por esa falta de plazas.

El Código Penal introdujo en 1995 las penas de trabajo en beneficio de la comunidad y en su reforma de 2003 se pedía potenciar y mejorar la eficacia de este sistema. Está pensado para delitos menores que se cometen por primera vez y en ausencia de antecedentes penales. Suelen ser penas aleccionadoras encaminadas a modificar la conducta del enjuiciado. Si se trata de velocidad al conducir, se les adjudican trabajos en un centro de tetrapléjicos; si de pintadas en la pared, pueden acabar limpiando con las patrullas municipales; si es un delito de tenencia de drogas, en un centro de desintoxicación, por poner unos ejemplos. Pero en la práctica esto no se cumple. Es imposible por ahora, reconocen en Instituciones Penitenciarias.

Los condenados han de desempeñar uno de estos trabajos entre 30 y 80 días. Y hay para ello y plazo de un año. Si en un año no se ha proporcionado una plaza, el condenado se irá de rositas. Se procura compatibilizar estas tareas con el empleo del infractor, buscando los días, las tardes, los fines de semana más adecuados. De ello se encargan los servicios sociales de Instituciones Penitenciarias, a veces, con demasiada benevolencia, teniendo en cuenta que estas penas no son voluntarias, hay que cumplirlas. Se han dado casos de tener plazas y no ocuparlas porque no le viene bien al penado llegar hasta un pueblo determinado o en un horario concreto. En 2005, Instituciones Penitenciarias firmó un acuerdo con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para ir incorporando ayuntamientos con el fin de procurarse plazas donde ejecutar estas condenas. En la actualidad, la FEMP ha proporcionado casi 4.300 plazas gracias a este convenio con 603 ciudades de todas las comunidades, menos Cataluña.

Pero entre los juristas que se dedican a los casos de violencia de género, como ocurre en la Comisión de Investigación de Malos Tratos a Mujeres, hay una especial preocupación por "la impunidad" en que quedan muchos de estos casos. "Algunos, además se niegan a hacer algo y el patrón no ve la forma de obligarles", afirman.

Los hombres que son enjuiciados por maltrato leve a su pareja y se avienen a la pena solicitada por el fiscal pueden acabar condenados a hacer trabajos en beneficio de la comunidad. Estas condenas están pensadas para los delitos leves y sin reincidencia. Los maltratadores que no se manifiestan conformes con la pena van a juicio y si la condena es de sólo unos meses, como el habitual, puede suspenderse por un programa de rehabilitación, algo que tampoco existe en la mayoría de las comunidades, donde apenas hay cursos sin homologar y sin las características suficientes para cumplir con lo previsto.

En Cataluña aseguran que estas penas sólo se cumplen en un 50%. José Antonio Rodríguez, magistrado del penal 21 de Ejecutorias de Barcelona, explica: "En 2008 se cumplieron unas 1.500 del total de los delitos, y el resto, quedó a la espera". Rodríguez asegura que no hay plazas para todos en instituciones de carácter social, como la Cruz Roja, "ni en un centro de tetrapléjicos", por poner un ejemplo.

La presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género de los jueces (CGPJ), Inmaculada Montalbán, reconoce que siempre ha habido problemas para aplicar estas penas en beneficio de la comunidad, aunque en algunos sitios, como en Cataluña, dice, la experiencia fue más exitosa. Conoce los problemas de plazas que suelen darse, pero insiste en que es una pena "idónea para estos hechos delictivos primarios y sin antecedentes". "Creo que debería hacerse un esfuerzo", dice. "Si no se pueden cumplir se queda la sensación de impunidad y eso no es bueno", añade Montalbán.

Fuente El País

lunes, enero 12, 2009

Consejo de Ministros. ACUERDO por el que se aprueba el Plan Integral de Atención y Prevención de la Violencia de Género en población inmigrante

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan de Atención y Prevención de la Violencia de Género en población extranjera inmigrante con una vigencia para el periodo 2009-2012. El Plan contempla información, formación, sensibilización y medidas estructurales para lograr una atención adaptada a las circunstancias específicas de las mujeres extranjeras inmigrantes víctimas de violencia de género.