miércoles, junio 27, 2007

Comentario a la noticia "Las feministas critican cómo se aplica en los juzgados la ley contra el maltrato"

La Red Estatal de Organizaciones Feministas criticó ayer la aplicación que está teniendo la Ley contra la Violencia de Género por parte de las instituciones jurídicas y las comunidades y lamentaron "el uso partidista" que, en su opinión, hace el PP de esta norma. "La ley no es el problema, es el instrumento, la aplicación que de él se haga", explicó Enriqueta Chicano, de Mujeres Progresistas. La portavoz de las mujeres separadas, Ana María Pérez del Campo, también defendió la ley por la que tanto han batallado, dijo, y criticó la "campaña que hay contra ella desde dentro y fuera del ámbito jurídico. No puede ser que las mujeres entren denunciando y salgan imputadas".
Vamos por partes. El hecho de que la Ley contra la Violencia de Género este en vigor y aplicándose en cientos de Juzgados exclusivos y no exclusivos no supone que la ley, desde un punto de vista jurídico y no partidista, sea un dechado de perfección. Y precisamente por el contenido de la ley en si, y no por los problemas que pueda suponer su aplicación.
Como hulmide usuario profesional de la ley en mi condición de abogado tanto asistiendo a mujeres que denuncian maltrato como a hombres acusados de esos delitos, creo que puedo hablar con cierta perspectiva del asunto.
En mi humilde opinión, la ley coloca en una situación de desventaja al hombre frente a la mujer. Aquel principio que me enseñaron en la facultad de que a determinado hecho corresponde una consecuencia jurídica concreta no se cumple con la Ley contra la Violencia de Género. Sobre ello se pronunciara en su momento el Tribunal Constitucional.
Casi todos los que intervenimos en asuntos relativos a Violencia de Género entendemos que el tratamiento penológico desigual a hombre y mujer no se ajusta al contenido de nuestra constitución, y que la discriminación legal que se defiende en aras de buscar la igualdad ha de ser siempre un principio de discriminación positiva, y no negativa, es decir, que favorezca a la mujer sin perjudicar al hombre, y no que perjudique al hombre tan sólo por el hecho de serlo.
Esto es una opinión mía exclusivamente que puede ser discutible, pero que coincide con la de numerosos compañeros y compañeras abogados, jueces, fiscales y policías que intervenimos en asuntos de esta naturaleza, con independencia, por cierto, de su sexo, pero que suelen coincidor en un alto nivel de conocimiento de la materia en su ámbito jurídico.
Respecto a la afirmación de que no es posible que las mujeres entren como denunciantes y salgan como imputadas: es perfectamente posible en dos supuestos. Fundamentalmente cuando la mujer se desdice ante el juzgado de lo que denunció en comisaría y afirma algo distinto. Nos encontramos entonces ante un delito contra la administración de justicia por denuncia falsa. Es una situación no muy habitual y que los abogados de denunciantes solemos evitar, pero cabe que alguna denunciante que acuda al juzgado sin asistencia letrada incurra en semejante dislate por que sea así realmente o por proteger a su maltratador. En ese caso el juez no hace otra cosa que cumplir la ley, que no podemos olvidar no se limita exclusivamente a la Ley contra la Violencia de Género.
También cabe imputación de la mujer denunciante cuando ha existido agresión mutua y esta es evidente por la existencia de informes médicos, y no podemos hablar en el caso concreto de un supuesto de legítima defensa.
María Durán, de la asociación Themis, recordó que esta ley "ha tenido más cuestiones de inconstitucionalidad que el total de las promulgadas durante la democracia". Todas dijeron que la ley no se está aplicando bien en las comunidades ni en el ámbito jurídico y señalaron, como ejemplo, que los turnos de oficio para casos de violencia de género "funcionan fatal" y que "los fiscales no continúan con la denuncia presentada por una mujer cuando esta decide retirarla", a pesar de que la ley lo contempla.
La afirmación de que la ley no se este aplicando sólo cabe sea fruto de profundo desconocimiento de la realidad jurídica y de todo lo que ocurre a diario en los juzgados de violencia sobre la mujer. No hace falta que quines afirman semejante dislate se vengan a una jornada en un juzgado especial, que miren las estadísticas de sentencias, condenas y órdenes de protección para ver si se aplica la ley. Pero sobre todo que quienes afirman semejante despropósito se pregunten si no sera que la ley se aplica, pero que no tiene los efectos buscados. Y que se pregunten por que tras la entrada en vigor de la Ley, lamentablemente siguen muriendo al año las mismas mujeres por las mismas causas.
Respecto al malfuncionamiento de los turnos de oficio especiales de violencia, como integrante de uno de ellos puedo afirmar que no existe grupo deabogados peor pagados, más vocacionales y que mas implicados en los asuntos que aquellos que se dedican a la defensa de las víctimas de violencia de género, que frecuentemente, en un porcentaje cercano al 80% ven como sus asistidas retiran las denuncias, solicitan el cese de ordenes de alejamiento acordadas cautelarmente e incluso las que forman parte de sentencias firmes.
Comentarios a una noticia de El País

No hay comentarios: