Los casos de violencia de género
en los que el fiscal retira la acusación porque la mujer se niega a
declarar contra su marido maltratador han aumentado un 36,6% desde el
año 2007 y ya suponen más de la mitad (56,8%) de las causas de retirada
de los cargos en este tipo de procedimientos.
Así se desprende de la Memoria Anual de la Fiscal de Sala Coordinadora de Violencia sobre la Mujer,
que pone de manifiesto, como viene haciendo desde el año 2006, el
"grave problema" que plantea el derecho de dispensa recogido en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, es decir, la posibilidad que tiene toda mujer de no declarar contra su marido, aunque él sea el maltratador y ella la víctima.
Los datos que maneja la Fiscalía indican que "se mantienen variables
similares tanto en el número total de retiradas como en las causas que
las fundamentan" desde el año 2007, cuando los fiscales retiraron la
acusación en 255 procedimientos de violencia de género, frente a los 243
de 2012 y detallaron las motivaciones.
Sin embargo, en este último año analizado se produjo la mayor
cantidad de retiradas de acusación motivadas por el derecho de dispensa
de toda la serie estadística, 138 casos, el 56,79% de todos los
retirados, consolidando una tendencia al alza desde 2008, cuando se
identificó esta situación en 96 procedimientos.
Conforme explica la Fiscalía, que la víctima tenga derecho a no
declarar contra su agresor "impide la posibilidad, en muchos
procedimientos, de probar los hechos por los que el Fiscal inicialmente
sostenía acusación, abocándole a retirarla al no poder utilizar como
prueba de cargo el testimonio de la víctima". Así, el caso podría quedar
archivado y el maltratador en libertad.
"Desde la Memoria del año 2006 venimos poniendo de manifiesto este
grave problema que presenta la redacción del artículo 416 Ley de
Enjuiciamiento Criminal, cuya reforma legislativa ya hemos solicitado en
reiteradas ocasiones, al menos para la víctima denunciante que pone en
marcha el procedimiento judicial", recuerda el informe de la Fiscalía.
En cuanto al resto de motivos de retirada de acusación en casos de
violencia de género, de las 243 papeletas recopiladas en 2012 por la
Fiscalía 36 se refieren al apartado señalado como "otras causas"
(14,81%) que no se especifican y el resto (69 casos, el 28,39%), se
deben a la aplicación del principio de presunción de inocencia,
deduciéndose testimonio en 11 casos.
Las denuncias falsas, 'escasísima minoría'
No obstante, los casos en que se denuncia en falso son absoluta
minoría en este ámbito, según los datos de la Fiscalía. En el año 2012
se interpusieron 128.543 denuncias y se incoaron 32 procedimientos por
denuncia falsa, es decir el 0,0038% del total.
"El escasísimo porcentaje de causas incoadas cada año por delito de
acusación y denuncia falsa en relación al número de denuncias por
violencia sobre la mujer interpuestas que supone es suficientemente
elocuente para rebatir las voces que se alzan en torno a la existencia
de 'denuncias falsas'", explica el informe.
Desde el año 2009 sólo se han dictado 24 condenas por denuncia falsa,
es decir, el 0,0045% del más de medio millón de denuncias presentadas
en este periodo y, en la mitad de los casos, se condenó a la mujer con
su conformidad.
En este sentido, la Fiscalía alerta de un fenómeno que se está observando "últimamente" en los Recursos de Revisión ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Un condenado en firme por malos tratos se querella contra la víctima
alegando que la base única de su sentencia fue la denuncia y declaración
de ella. La mujer, presta conformidad y acaba condenada.
"La única finalidad perseguida por el querellante es interponer el
recurso extraordinario y obtener la nulidad de la sentencia condenatoria
que le afecta a él. Nuevamente apreciamos, en este actuar, las
características peculiaridades y aristas que plantea este tipo
específico de violencia", que recomienda buscar más pruebas y que no sea
suficiente con la conformidad.
Fuente El Mundo
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