miércoles, octubre 05, 2011

La defensora ve más grave la amenaza de muerte a la mujer que el insulto de 'zorra'

La abogada Fuencisla Martín, defensora de oficio de la mujer víctima de malos tratos cuyo marido fue condenado por un delito de amenazas continuadas, ha dicho hoy que sólo está de acuerdo con la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que revoca ese fallo en lo referido a que el agresor empleó la palabra "zorra" como un símil de animal.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia de la que fue ponente el magistrado Juan del Olmo, revoca la condena a un año de prisión dictada por el juzgado de lo Penal número 2 de Cartagena y afirma que llamar "zorra" a la esposa no constituye menosprecio o insulto, si quien utiliza este término lo hace "para describir a un animal que debe actuar con especial precaución".

En declaraciones a Efe, la letrada dice que comparte con la Audiencia el sentido de esa palabra interpretado por el tribunal porque "en ningún momento (el ex marido) le estaba llamando puta", si bien -insiste- lo utilizó "como amenaza" en una conversación telefónica con su hijo.

Según Martín, en esa llamada la ex pareja de su representada le pidió al hijo: "Dile a tu madre que va a tener que ir como las zorras, mirando por la calle para adelante y para atrás, porque en cualquier momento la voy a matar".

Va a salir en 'una caja de pino'

Fuencisla Martín, tras reiterar que "no le está diciendo prostituta, sino que va a salir en una 'caja de pino'", ha lamentado que se utilice en estos términos la ley contra la violencia de género, porque "existió intencionalidad" en el comportamiento del hombre y "no existe ninguna amenaza más grave que la de la muerte".

Asimismo, ha dicho que el ex marido tiene antecedentes por violencia de género y existe una sentencia condenatoria anterior, de enero de 2009, por sendos delitos de amenazas y malos tratos.

En ese juicio, el agresor reconoció haber agredido y amenazado a la esposa y fue condenado a trabajos en beneficio de la comunidad y a permanecer alejado a más de 500 metros de la víctima, entre otras penas.

Amenazas a la madre a través de los hijos

La abogada ha insistido en que el hombre no ha violado nunca la orden de alejamiento, aunque ha utilizado en numerosas ocasiones a los hijos para amenazar a la madre, quien ha interpuesto hasta la fecha "20 o 30" denuncias contra él por "hechos muy graves" que no han podido ser probadas.

Sobre ésta y otras revocaciones anteriores dictadas por la Audiencia Provincial, esta abogada dice que en una discusión entre una pareja, "sin dominación ni humillación del hombre sobre la mujer", no es justo que a él se le juzgue por un delito y a ella por una falta, si bien insiste en que el caso que ella lleva no tiene nada que ver con una pelea, sino con amenazas de muerte de un hombre ya condenado por malos tratos.

Fuente El Mundo

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