Los juzgados de violencia contra la mujer llevan ya dos años en funcionamiento, y éste es el resultado: más de 300.000 procedimientos iniciados, 71.000 órdenes de protección solicitadas (de las cuales se han concedido el 74%), 55.000 sobreseimientos provisionales y casi 40.000 juicios celebrados (con el 79% de condenas), según los datos provisionales del Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial, de junio de 2005 a junio de 2007. Los agresores y víctimas extranjeros aumentaron del 30% al 35%.
Ha habido más archivos provisionales de procedimientos que juicios celebrados en los juzgados de violencia contra la mujer. ¿A qué se debe? "Pueden ocurrir dos cosas", explica Montserrat Comas, presidenta del Observatorio. "En primer lugar, que la mujer o bien retire la denuncia o bien se niegue a declarar contra su agresor amparándose en la dispensa que la ley concede a los testigos cuando son familiares del acusado. El fiscal tiene la obligación de continuar, pero si no hay otras pruebas no puede hacerlo. En segundo lugar, el juez puede sobreseer el asunto porque la declaración de la víctima no le resulte convincente y no haya más pruebas. Si aparecen después, se puede reabrir el caso".
Los juzgados de violencia sólo condenan, en caso de delito, cuando el agresor acepta los hechos. Si no, tienen que elevar el caso a los órganos competentes para decidir, juzgados de lo penal y Audiencias Provinciales. Estos han dictado entre enero de 2006 y junio de 2007, 29.494 fallos en esta materia (el 59% condenatorios y el 41% absolutorios). Si se suman todas las sentencias, superan el número de sobreseimientos, pero estos no han dejado de crecer en los últimos trimestres.
Fuente El País
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