sábado, junio 02, 2007

Sólo 23 países saben cuántas mujeres mueren al año por violencia de género

Si la primera medida para solucionar un problema es reconocer que existe, la violencia machista en el mundo está muy lejos de acabar. Sólo 23 países -17 europeos, cinco americanos y Japón- registran y hacen públicos los datos sobre muertes de mujeres a manos de su pareja o ex pareja, según recoge el II Informe Internacional de Violencia contra la Mujer del Centro Reina Sofía. El trabajo, con datos de 2003, sitúa a España a la cola de los países europeos en número de asesinadas por violencia de género, por debajo de países como Reino Unido, Dinamarca, Finlandia o Suiza.

Saber cuántas mujeres mueren en el mundo no es fácil. Y lo es aún menos conocer cuántas fallecen asesinadas por sus parejas o ex parejas. La falta de datos provoca que en muchos países no se tenga conciencia de que el problema existe. Como no se sabe si hay violencia machista que provoca muertes, se presupone que no la hay. En países como Argentina, la población se sorprende por las noticias sobre mujeres asesinadas por sus maridos que se publican en España, pero desconocen que en su país no se lleva ninguna estadística que permita determinar si allí sucede o no algo parecido. No se ha dado siquiera ese primer paso. Países europeos como Francia o Grecia tampoco ofrecen las cifras.

Los datos del informe se refieren a las muertes en 2003 de mujeres mayores de 14 años y han sido obtenidos por el Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia a lo largo de tres años. Recoge tres categorías: mujeres asesinadas por cualquier motivo -información que han aportado 40 países, europeos, americanos, Japón y Australia-; asesinadas por violencia familiar en general -lo han especificado 27 países-; y muertas a manos de la pareja o ex pareja. Este último dato sólo lo han proporcionado 22 Estados. África y Asia han quedado fuera del informe.

Las fuentes del estudio no son homogéneas. Se ha recurrido a Ministerios de Interior, Fiscalías, Policía Nacional, Institutos Nacionales de Estadística, Poder Judicial y otras instituciones. Muchos países no tienen estadísticas oficiales, por lo que, en cualquier caso, hay que tomar los datos con cautela.

La tasa de asesinadas en cualquier circunstancia -siempre en los 40 países analizados- es de 21 por cada millón de mujeres. En total murieron 63.000 en 2003, una cada ocho minutos. Los países que están en cabeza son latinoamericanos: Guatemala (con 122 asesinatos por millón de mujeres) y Colombia (con 70). La prevalencia media de asesinatos en Latinoamérica dobla la media mundial. Pero en la lista de los 10 primeros entran también tres países europeos, Estonia (con 57), Bélgica (con 29) y Hungría (con 26). La tasa de España es de ocho fallecidas por millón de mujeres.

Las europeas están mucho más seguras que las latinoamericanas cuando pasean por las calles de sus ciudades, pero no lo están tanto dentro del hogar. La media mundial y la europea de los 27 países que han hecho públicos estos datos está en seis asesinadas por cada millón de mujeres. Se trata de todo tipo de muertes dentro del hogar (parejas, padres, hermanos...). En Europa, los países con mayor tasa son Hungría (16 por millón), Eslovenia (12) y Finlandia (10). En España, la tasa es de cuatro muertas por cada millón de mujeres, según el informe.

A medida que se pide más detalle en los datos, disminuye el número de países que tienen estadísticas. Sólo 23 Estados han proporcionado al Centro Reina Sofía las cifras de asesinatos de mujeres en 2003 perpetrados por la pareja o ex pareja. Son 17 países europeos -entre los que no están Italia, Irlanda, Francia o Grecia-, cinco americanos -Puerto Rico, Estados Unidos, Canadá, Colombia, Costa Rica y El Salvador- y uno asiático -Japón-. Los mayores índices los tienen Puerto Rico (15 por millón), Luxemburgo (13 asesinatos por millón de mujeres),Hungría (12 por millón) y Finlandia (10 por millón). Pero en el caso de Luxemburgo hay que tener en cuenta que la baja densidad de población hace que cualquier muerte dispare la estadística. España, con 3,6 muertas por violencia machista, queda por debajo de la media mundial y europea (en torno a seis por millón de mujeres). En la cola de la lista están Islandia, Malta, Suecia y España, superados por Dinamarca, Suiza, Estados Unidos, Finlandia o Hungría. Esto no significa, en absoluto, que los datos de España sean positivos. En lo que va de año han muerto 31 mujeres, cuatro en tan sólo esta semana.

Fuente El País


viernes, junio 01, 2007

Se crean ocho nuevos juzgados exclusivos para hacer frente a la violencia sobre la mujer

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, ha aprobado un Real Decreto por el cual se constituyen ocho nuevos juzgados exclusivos de violencia sobre la mujer dentro de la programación de desarrollo de la planta judicial para 2007.

Estos nuevos órganos judiciales se ubicarán en Almería, Las Palmas de Gran Canaria, San Bartolomé de Tirajana, Arona, Tarragona, Elche, A Coruña y Murcia, y comenzarán a funcionar el próximo 30 de junio.

Este refuerzo se enmarca dentro de un conjunto de medidas del Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género, por el que se aprueban 43 nuevos juzgados de violencia sobre la mujer para 2007. Así, desde la aprobación en diciembre de 2004 de la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género, se han puesto en marcha todas las medidas institucionales previstas.
Con el fin de dar respuesta a la actual demanda social, se contempla la constitución de estos ocho nuevos juzgados exclusivos. De ellos, seis son de nueva creación: el número 1 de Almería, número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, número 1 de Tarragona, número 1 de Elche, número 1 de A Coruña y número 2 de Murcia. Por otra parte, se transforman los juzgados de primera instancia e instrucción número 8 de San Bartolomé de Tirajana (Las Palmas) y número 7 de Arona (Santa Cruz de Tenerife), en juzgados de violencia sobre la mujer número 1 de San Bartolomé de Tirajana y número 1 de Arona, respectivamente.

La creación de los nuevos juzgados se ha llevado a cabo atendiendo a criterios recogidos en la Ley de demarcación y planta judicial, entre los que se encuentra la existencia de dotación presupuestaria, el volumen de litigiosidad, la petición de la necesidad urgente de su creación por las Comunidades Autónomas y la disponibilidad efectiva de locales.

La memoria económica cifra el coste de personal de la ampliación de la planta judicial en 786.962 euros al año, que se imputarán al presupuesto de gasto del Departamento.

A la cantidad anterior hay que añadir el coste de gastos de inversión y funcionamiento del juzgado de violencia sobre la mujer nº 2 de Murcia, único con competencia del Ministerio de Justicia. Estos gastos ascienden a 42.070 euros al año en lo referente a su funcionamiento, mientras que los gastos de inversión suman 241.000 euros por órgano judicial (160.000 euros corresponden al coste medio de edificación y readaptación; 51.000, a mobiliario y 30.000 euros, a informatización).

El ministro de Justicia convoca al Grupo de Trabajo de Violencia de Género

El ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, se ha reunido en la sede del Ministerio con el Grupo de Trabajo sobre Violencia de Género, que coordina las atribuciones y competencias en materia de Justicia.

A este encuentro han asistido, junto al ministro de Justicia y al secretario de Estado de Justicia, Julio Pérez; la vocal del CGPJ y presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género, Montserrat Comas; Soledad Cazorla y Ana Isabel Vargas, por parte de la Fiscalía Especial Delegada de Violencia de Género y Mª Puy Zatón, en representación de la Secretaría General de Seguridad.

Durante la reunión se han abordado las actuaciones necesarias para alcanzar un mejor funcionamiento de la Administración de Justicia en el desarrollo de la tutela judicial a las víctimas.
Entre estas actuaciones figuran las siguientes: la implementación de la planta de los juzgados de Violencia de Género; la necesidad de continuar con la especialización en esta materia de abogados, jueces y fiscales; la implantación de las unidades forenses de valoración integral; la potenciación de las oficinas de atención a las víctimas; la necesaria coordinación de los registros y bases de datos informáticos para facilitar el acceso a jueces, fiscales y fuerzas de seguridad del Estado y, por último, la necesidad de establecer protocolos de valoración del riesgo que permitan adoptar las medidas de protección más adecuadas para las víctimas.

En el transcurso del encuentro, Mariano Fernández Bermejo ha propuesto la realización de un Estudio Criminológico sobre la situación actual de la Violencia de Género, que sirva para adoptar las medidas necesarias en la lucha contra esta lacra social.

El Ministerio de Justicia estudia todas estas medidas con el objetivo prioritario de proporcionar el tratamiento judicial más adecuado para la tutela de las mujeres víctimas, en un ejercicio constante de cooperación con todas las instituciones implicadas en resolver este problema. El fin que se persigue es llevar a cabo todas las medidas de tutela penal y judicial prevista en la Ley Integral contra la Violencia de Género.

miércoles, mayo 30, 2007

Una juez considera que no hay maltrato por la 'inmadurez' de la mujer

La titular del juzgado de lo Penal número 1 de Alicante, Petra Pereda, ha absuelto a un joven acusado de supuestos malos tratos a su compañera, una menor, por "la inmadurez" de la pareja, la misma inmadurez, dice, que " podría predicarse del acusado". La juez minimiza el hecho de que la joven pareja haya mantenido relaciones sexuales durante el año y medio que se prolongó su relación y señala que ese extremo, "es consecuencia de las costumbres que imperan en una sociedad permisiva como la actual".

La magistrada resuelve de esta forma un denuncia de violencia machista remitida por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Alicante. El hombre estaba estaba acusado de amenazar de muerte a su joven pareja, entonces de 14 años. La juez ha exculpado al acusado del delito de amenazas y ha dejado la denuncia en un caso de faltas, resuelto con una multa de 60 euros para el maltratador. La juez también le prohíbe aproximarse a la víctima en un radio de 300 metros y por espacio de seis meses. El fiscal ha recurrido el fallo.

Según el ministerio público, los hechos ocurrieron el pasado 9 de mayo, cuando el acusado, un joven de nacionalidad argentina y 19 años en la actualidad, fue hasta el domicilio de su pareja, de 15 años. El joven llamó de manera insistente a la chica a través del timbre exterior de la finca. Según la madre de la víctima, que atendió la llamada, el acusado dijo "que iba a matar a su hija si no bajaba y a toda su familia".

La juez destaca que la legislación vigente sobre violencia doméstica persigue proteger a las personas maltratadas por parte de su cónyuge o de la persona con quien haya mantenido un relación análoga de afectividad, aunque no haya mediado la convivencia entre ambos.

La magistrada reconoce que la jurisprudencia admite como equiparable a esa situación la del noviazgo, pero en el caso de estos chicos, dice, "no puede admitirse la existencia de una relación análoga a la del matrimonio". Y, por tanto, descarta aplicar la ley de violencia de género y sí el Código Penal. (sic)

Para el fiscal, la relación de la pareja sí es equiparable a la del noviazgo y, por tanto, susceptible de aplicar la ley de violencia de género para resolver una denuncia por supuestos malos tratos.
Fuente El País

lunes, mayo 28, 2007

El Gobierno quiere obligar a las mujeres maltratadas a declarar contra sus agresores

El Gobierno quiere obligar a las mujeres maltratadas a declarar contra sus agresores. Los Ministerios de Trabajo y Justicia están estudiando las posibles fórmulas para modificar el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que actualmente permite que los parientes de hasta segundo grado de consanguineidad de un procesado se abstengan de declarar.

1.- Los parientes del procesado en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil, así como los parientes naturales a que se refiere el número 3 del artículo 261.

El Juez instructor advertirá al testigo que se halle comprendido en el
párrafo anterior que no tiene obligación de declarar en contra del procesado; pero que puede hacer las manifestaciones que considere oportunas, consignándose la contestación que diere a esta advertencia.

2.- El Abogado del procesado respecto a los hechos que éste le hubiese confiado en su calidad de defensor.

Si alguno de los testigos se encontrase en las relaciones indicadas en los párrafos precedentes con uno o varios de los procesados, estará obligado a declarar respecto a los demás, a no ser que su declaración pudiera comprometer a su pariente o defendido.

Para la secretaria general de Políticas de Igualdad,Soledad Murillo, dicho artículo es «negativo» para las mujeres que son víctimas de la violencia de género. Además, la delegada especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer, Encarna Orozco, aseguró que la violencia de género «ha distorsionado esta dispensa», ya que la mujer «es al mismo tiempo familiar y víctima», y sin su declaración en la mayoría de los casos se acaba retirando la acusación.

Según Orozco, «es importante que la mujer declare» contra su pareja, ya que, de lo contrario, lo que suele suceder es que «la mujer se siente culpable e intenta rehabilitar o perdonarle y esos casos suelen acabar en muerte». Por su parte, la secretaria general de Políticas de Igualdad señaló que «sin denuncia, no se puede poner en marcha el aparato protector de la justicia».