La Audiencia de Zaragoza ha condenado a penas de 45 años de prisión a David Morado, autor confeso del doble crimen cometido el 20 de marzo del 2004 en la localidad de Fuentes de Ebro. El acusado mató a su pareja, Esmeralda Clavería, y a su suegra, Rosa Bazán, actuando con alevosía y ensañamiento en el primer caso.
La confesión del propio acusado, que rechazó que ese día hubiera consumido un exceso de alcohol y al que no se le aprecia ninguna circunstancia que disminuyera su capacidad de conocer las consecuencias de sus actos, ha llevado al tribunal a no estimar ninguna atenuante y a aplicarle la agravante de parentesco.
Morado había estado unido sentimentalmente a Esmeralda desde finales del año 2002 y ambos habían tenido una niña. Sin embargo, "como consecuencia de las desavenencias nacidas entre ellos", la joven se había ido a vivir con su bebé a casa de sus padres.
Según declaró el procesado, el día de los hechos "le vino la idea, que ya había pensado, de que, si no podía arreglarse con Esmeralda, la mataría y luego se suicidaría". Sin embargo, añadió que, inicialmente, "no había pensado hacerle nada a su suegra".
La sentencia recuerda que Morado había reconocido que la navaja que empleó en el crimen "sólo la utilizaba en su trabajo --para almorzar-- y no solía llevarla consigo".
El tribunal estima que existió una clara intencionalidad homicida y que el acusado actuó con alevosía, después de estar dos horas en compañía de Esmeralda sin que surgiera ninguna discusión y cuando ésta no podía esperar una agresión, ante la que se encontró "indefensa". En ese tiempo, el acusado dio incluso el biberón al bebé de ambos.
También considera la sentencia que hubo ensañamiento, ya que la joven recibió 24 puñaladas, "que se produjeron con una gran violencia y frialdad, y con la intención clara de aumentar el dolor de la víctima". Estas circunstancias configuran los hechos como un delito de asesinato por el que se condena a 25 años de prisión al acusado.
En opinión del ponente, no hubo alevosía en la muerte de Rosa Bazán, ya que la muerte de ésta se produjo cuando intentó defender a su hija de la agresión y la mujer ya conocía el riesgo de su acción. La mujer recibió dos cuchilladas, una de ellas mortal. En este caso se considera que el delito fue de homicidio, por lo que se condena al acusado a 15 años de privación de libertad.
Finalmente, también se impone a Morado una pena de cinco años por las lesiones que causó en una mano a su cuñada, una menor, cuando ésta intentó defender a su madre y a su hermana.
La sentencia acoge las tesis del ministerio fiscal, aunque eleva las penas, acercándolas a las solicitadas por el letrado de la acusación particular, Antonio Torrus.
El tribunal dedica un apartado de su sentencia a "la grave lacra social" de la violencia de género, "que produce una evidente consternación y convulsión en todos los ámbitos, no sólo en el entorno geográfico de las víctimas, sino en todo el país".
Fuente El Periódico de Aragón
La confesión del propio acusado, que rechazó que ese día hubiera consumido un exceso de alcohol y al que no se le aprecia ninguna circunstancia que disminuyera su capacidad de conocer las consecuencias de sus actos, ha llevado al tribunal a no estimar ninguna atenuante y a aplicarle la agravante de parentesco.
Morado había estado unido sentimentalmente a Esmeralda desde finales del año 2002 y ambos habían tenido una niña. Sin embargo, "como consecuencia de las desavenencias nacidas entre ellos", la joven se había ido a vivir con su bebé a casa de sus padres.
Según declaró el procesado, el día de los hechos "le vino la idea, que ya había pensado, de que, si no podía arreglarse con Esmeralda, la mataría y luego se suicidaría". Sin embargo, añadió que, inicialmente, "no había pensado hacerle nada a su suegra".
La sentencia recuerda que Morado había reconocido que la navaja que empleó en el crimen "sólo la utilizaba en su trabajo --para almorzar-- y no solía llevarla consigo".
El tribunal estima que existió una clara intencionalidad homicida y que el acusado actuó con alevosía, después de estar dos horas en compañía de Esmeralda sin que surgiera ninguna discusión y cuando ésta no podía esperar una agresión, ante la que se encontró "indefensa". En ese tiempo, el acusado dio incluso el biberón al bebé de ambos.
También considera la sentencia que hubo ensañamiento, ya que la joven recibió 24 puñaladas, "que se produjeron con una gran violencia y frialdad, y con la intención clara de aumentar el dolor de la víctima". Estas circunstancias configuran los hechos como un delito de asesinato por el que se condena a 25 años de prisión al acusado.
En opinión del ponente, no hubo alevosía en la muerte de Rosa Bazán, ya que la muerte de ésta se produjo cuando intentó defender a su hija de la agresión y la mujer ya conocía el riesgo de su acción. La mujer recibió dos cuchilladas, una de ellas mortal. En este caso se considera que el delito fue de homicidio, por lo que se condena al acusado a 15 años de privación de libertad.
Finalmente, también se impone a Morado una pena de cinco años por las lesiones que causó en una mano a su cuñada, una menor, cuando ésta intentó defender a su madre y a su hermana.
La sentencia acoge las tesis del ministerio fiscal, aunque eleva las penas, acercándolas a las solicitadas por el letrado de la acusación particular, Antonio Torrus.
El tribunal dedica un apartado de su sentencia a "la grave lacra social" de la violencia de género, "que produce una evidente consternación y convulsión en todos los ámbitos, no sólo en el entorno geográfico de las víctimas, sino en todo el país".
Fuente El Periódico de Aragón
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