Por fin la administración se apercibe de algo que los profesionales (jueces, abogados y fiscales) que actuamos a diario en la materia venimos demandando desde que entró en vigor la Ley integral.
La presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género (dependiente del Consejo General del Poder Judicial), Montserrat Comas, sugirió ayer en el Congreso que la medida de alejamiento que se impone a los agresores condenados debe estudiarse caso a caso, en lugar de ser un procedimiento automático e imperativo. "Porque así lo solicitan algunas de las víctimas" cuando consideran que no están en riesgo.
Algunas de estas condenas son por faltas leves. Otras veces ellas retiran la denuncia pero el procedimiento continúa y es difícil que, si ambos están de acuerdo, se les impida estar juntos.
Esta medida es polémica en el ámbito feminista y de lucha contra la violencia de género. Una parte piensa que las víctimas no calibran el riesgo que corren -de hecho algunas son asesinadas cuando vuelven con sus agresivas parejas- o lo hacen por temor. "Ya no hay que temer que los jueces no dicten órdenes de alejamiento si es necesario", confía Comas.
Otra de las propuestas del Observatorio, que tampoco encuentra consenso parlamentario, sugiere que los juzgados específicos contra la violencia a la mujer extiendan su jurisdicción a varios partidos judiciales que estén próximos entre ellos, porque, según explicó Comas, están dando resultados satisfactorios algo que no ocurre del todo con los juzgados mixtos, los que se encargan de violencia de género y otros asuntos. Para que esto fuera así habría que cambiar el mapa de los partidos judiciales y poder agrupar varios de ellos. "Porque no podemos pensar en que haya un juzgado específico en cada partido judicial", razonó Comas.
En el balance sobre los dos años en vigor de la Ley Integral contra la Violencia de Género en el ámbito jurídico que ofreció Comas, la magistrada lamentó las 133 cuestiones de inconstitucionalidad interpuestas en 22 juzgados. A su juicio esto está "paralizando" muchos procesos cuando aún no se ha pronunciado el Constitucional sobre ese asunto.
Respecto a los datos de violencia, crece el porcentaje de las víctimas mortales de nacionalidad extranjera, que suponían casi un 31% en 2005 y ahora alcanzan el 39,3% del total de muertas. No así los agresores (con resultado de muerte) extranjeros, que han pasado de ser el 34,6% del total a un 30% en el mismo periodo.
Respecto a las órdenes de protección, se han adoptado el 75% de las solicitadas. Y se ha condenado a 50.086 personas, un 72% de los juzgados. Pero también se incrementan los procedimientos que han de abandonarse hasta mejor fortuna por falta de pruebas, a pesar de que las pruebas pueden buscarse aunque no haya denuncia, pero no siempre es fácil recabarlas.
Estos procedimientos abortados han pasado de 3.847 a 10.773. Una de las sugerencias del Observatorio es que se elimine la dispensa que tienen los cónyuges para no declarar contra su pareja, porque en estos casos, la testigo de lo ocurrido es también la víctima y su testimonio es fundamental. (Lo cual es una aberración jurídica, ya que si hay otras pruebas, el testimonio de la perjudicada no es fundamental para obtener una condena)
Fuente de la noticia El País
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