Durante el tercer trimestre del año 2007, se mantuvo la ligera tendencia al alza en el número de denuncias presentadas en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (JVM) presentada a lo largo de los tres primeros trimestres de este año, a partir de su cómputo a partir del 1 de enero de 2007: 32.372 denuncias en el tercer trimestre, frente a 31.789 del segundo y 29.277 del primero, lo que supone que la cifra negra de esta delincuencia, si bien muy poco a poco, va disminuyendo.
Esta es una de las conclusiones del informe trimestral elaborado por el Observatorio Contra la Violencia Doméstica y de Género, y el Consejo General del Poder Judicial, que también destaca el mantenimiento de la denuncia de las víctimas, bien en dependencias policiales bien directamente en el Juzgado, como principal desencadenante de las actuaciones judiciales (25.073 sobre 32.372 denuncias, lo que supone un 77,45% de éstas). La intervención directa policial desencadena la actuación judicial en un 10% de casos y los partes de lesiones objetivados en centros médicos de primera asistencia en un 11%. No llegan a un 1% los casos derivados por otros servicios de asistencia y terceros en general.
Sin dejar de valorar como positivo que sea la víctima quien en la mayor parte de casos asuma poner en conocimiento de la autoridad judicial hechos con relevancia penal, el informe revela que los anteriores datos obligan a reflexionar sobre cómo activar con mayor eficacia los diferentes instrumentos existentes en la actualidad para detectar las situaciones de violencia que sufren las mujeres.
Asimismo, se mantiene la ratio de renuncias al proceso del trimestre anterior en relación al número de denuncias, ante los JVM. En estos dos trimestres, es del 10%, frente al 9% del primero. Esta actuación corresponde a la propia problemática de la violencia machista en este ámbito, que se ejecuta entre personas que tienen o han tenido relaciones de afecto. Por ello, no pudiéndose pedir a estas víctimas la misma coherencia en el proceso que a otras víctimas, cobra especial relevancia la efectividad de la asistencia integral que la ley contempla.
En el trimestre pasado, se celebraron un menor número de juicios de faltas en los JVM, lo que corresponde al escaso número de asuntos encuadrables como tales. Las faltas por violencia de género son residuales desde la Ley Integral, dado que el grueso de actos de violencia está conceptuado como delito.
Por otra parte, en los JVM, desciende ligeramente el número de sentencias absolutorias, que corresponden a juicios de faltas (1.178, en el primer trimestre, 1.209, en el segundo, y 870 en el tercero), al tiempo que se incrementan las sentencias condenatorias (3.636, 3.879 y 4.106, respectivamente). El total de sentencias dictadas por estos órganos en el tercer trimestre es de 4.976. Un 83% son condenatorias.
Según señala el informe, el porcentaje de Sobreseimientos Provisionales (SP) se mantiene en el tercer trimestre en el 45%, respecto a procedimientos terminados en ese período, porcentaje al que se había llegado en el segundo, frente al 41% del primero. Sin embargo, en números absolutos, en este trimestre se han acordado 9.520, mientras que en el segundo trimestre ascendieron a 10.773. Los restantes asuntos ingresados siguen investigándose o son remitidos al órgano correspondiente para el enjuiciamiento.
Este dato supone una tendencia al alza con respecto a las cifras de períodos anteriores. Ello pone de manifiesto, pudiendo corresponder en una gran parte de supuestos a la actuación procesal de la víctima (renuncia, negativa a ratificar, acogimiento a la dispensa de la obligación de declarar …), la necesidad de introducir las reformas necesarias para articular la derivación de los sobreseimientos provisionales (SP) a los Puntos de Coordinación de las Comunidades Autónomas, al objeto de que se garantice la asistencia social integral de las víctimas, que resulta ajena, en los términos previstos en la Ley integral, a la existencia de un proceso penal.
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