“Suspender la eficacia del acuerdo de 18 de septiembre de 2007 y la circular de 20 de septiembre siguiente, difundida en ejecución del mismo, solamente en el punto en que se exigía la obligación de optar entre el Turno Penal y Asistencia al Detenido y el Turno de Violencia de Género.
En consecuencia, se abre un nuevo plazo hasta el día 23 de noviembre próximo para que los colegiados que, reuniendo los requisitos, se hayan inscrito a uno de los dos Turnos puedan inscribirse al otro y para que los colegiados que, reuniendo los requisitos, no se hayan inscrito en ninguno, puedan inscribirse en ambos o en uno sólo de ellos.”
En consecuencia se cierra la crisis generada por la polémica decisión tomada a finales de septiembre, aunque a algunos nos hubiera gustado que este cambio de opinión fuera por la acogida de los argumentos que en su momento se plantearon, y no por una situación de hecho que impedía a la Junta seguir adelante con su resolución.
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