Los que escribimos blogs, normalmente leemos blogs. Entro los muchos que yo leo se encuentra el del Teleoperador, clasificado en mi orden particular como blog personal de humor.
Artículo 524.
El que en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias religiosas ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos legalmente tutelados será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de
Artículo 525.
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
1. Sobre el 524: ¿puede usted probar que los actos de profanación fueron, efectivamente, ejecutados? De la misma manera que el que yo afirme que "Dios no existe" no le convence a Vd. de nada, el que yo afirme que estuve en determinado sitio e hice determinada cosa no es prueba de mi presencia ni de mis actos.
2. Sobre el 525: Es obvio que el post no ha sido publicado "para ofender los sentimientos de una confesión religiosa", sino para estimular la inteligencia a través de
3. Sobre la aplicación del 525: la jurisprudencia al respecto deja bien claro que por encima del art. 525 del Código Penal está el art. 20 de la Constitución, que protege una cosa muy graciosa que se llama "libertad de expresión", y que significa, entre otras muchas cosas, la terrible incomodidad de oír, de vez en cuando, cosas que nos tocan las narices.
Por ejemplo, que Dios no existe pero los curas pederastas sí.
Respondiéndote al 1: La prueba de que efectivamente has cometido lo que relatas viene dada por los comentarios que al respecto hace tu cómplice en su blog, con la diferencia que le honra de que el ha retirado, aunque sea cautelarmente, la fotografía de marras, cosa que tu no has hecho y que por lo tanto no te hace extensible dicha honra.
Respondiéndote al 2: El argumento que das de estimular la inteligencia no merece comentario. Lo que haces es ponerte al nivel de, por ejemplo, la telebasura tipo tomate, buscando visitas con polémica artificial y creada exprofeso para recibir comentarios subidos de tono.
Respondiéndote al 3: La libertad de expresión no supone una patente de corso para ofender. Puedes expresar tus creencias, tu ausencia de las mismas, o criticar a las personas que las encabezan o las defienden, ya sea el papa o un cura pederasta o un imán filo terrorista. No seré yo quien te critique por ello. Pero tu post y tu fotografía no pueden ampararse en la libertad de expresión, puesto que has buscado a conciencia la ofensa a muchos creyentes haciendo escarnio de uno de sus símbolos más sagrados. Lee más jurisprudencia.
El hecho de que Dios exista o no en principio no tiene nada que ver con la ofensa en si. Tú puedes creer que no existe y eso es algo absolutamente digno de todo respeto, pero hacer escarnio y burla en el símbolo más sagrado de aquellos que si creen no tiene ninguna justificación.
En fin. Te seguía por la gracia que tenías hasta hoy, aunque en determinadas cuestiones no estábamos de acuerdo. Pero hoy me has escandalizado, a pesar de que soy un firme defensor de la libertad de expresión que tu erróneamente invocas, y de que soy católico por educación no practicante, y tengo mis serias dudas de que Dios, o al menos el Dios que la iglesia nos quiere vender, no existe.
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